
La tarjeta de débito, considerada un medio de pago equivalente al efectivo, ha sido objeto de atención en los últimos tiempos debido a la recurrencia de denuncias por cobros adicionales en operaciones de compra de bienes o pago de servicios. Tanto la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), como la Ley Nacional 25.065 han dejado claro que no es permitido cobrar montos extras por el uso de tarjetas de débito. A pesar de la previa información proporcionada por la Defensa al Consumidor a los comercios, los reclamos y denuncias persisten, lo que ha llevado al organismo a tomar medidas más estrictas.
La Ley Nacional 25.065 establece claramente que los proveedores no pueden aplicar diferencias de precio entre operaciones realizadas al contado y aquellas efectuadas mediante tarjeta de débito. La AFIP, por su parte, ha resaltado la equivalencia entre la tarjeta de débito y el efectivo como medios de pago. Ambas entidades han enfatizado que no es legal ni justificable realizar cobros adicionales por el uso de tarjetas de débito.
Ante varias denuncias, Defensa al Consumidor ha decidido tomar medidas más contundentes. Daniel Pérez, subdirector de Defensa al Consumidor, declaró que el organismo ya no se limitará a informar a los comercios sobre esta normativa, sino que procederá directamente con la imposición de multas.
«Recientemente multamos a dos comercios en $100.000 por esa infracción. Esto es porque ya habían sido informados y no cumplieron. Le pedimos a la gente que denuncie y nosotros actuaremos directamente», dijo Pérez a Diario La Provincia.
Las sanciones a comerciantes pueden ir desde los 30.000 hasta los 300 millones de pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción y la reiteración de la misma.